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Para atender las solicitudes de indemnización a usuarios por fallas en la prestación del servicio, es importante cumplir con las siguientes indicaciones:
1. Diligenciar el formato código FT-AGFM-05-001 versión No. 05 “Solicitud indemnización por fallas en la prestación del servicio” debidamente soportados con los requisitos mencionados en dicho formato, por las siguientes causales:
Causales:
Descargar formato FT-AGFM-05-001
2.Cuando la causal es “Reconocimiento económico de electrodomésticos de bienes muebles (electrodomésticos, maquinas, muebles y enseres, entre otros)”, se deberá diligenciar el formato FT-AGFM-05-002 versión No. 3 “Acreditación de Propiedad”.
Descargar formato FT-AGFM-05-002
3. La solicitud podrá radicarse físicamente en los puntos de radicación autorizados (Neiva, Garzón, Pitalito y la Plata) según horarios establecidos:
De 08:00 a. m a 12:00 pm y de 12:30 p. m a 04:00 p. m, días hábiles de la semana lunes a viernes.
Neiva
Garzón
Pitalito
4. La solicitud como segunda opción, podrá ser radicada por el canal virtual (ventanilla radiacion@electrohuila.co), según horario establecido:
Es importante mencionar las siguientes condiciones para radicar por el canal virtual.
La persona natural y/o jurídica que haya presentado una petición o reclamo ante la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. puede presentar recurso de reposición o reposición y en subsidio apelación ante la Superintendencia de Servicios públicos domiciliarios, cuando considere que el resultado del trámite no satisface su requerimiento.
Presentar el recurso en cualquiera de las Sedes de atención al cliente dispuestas por Electrohuila, correo electrónico radicacion@electrohuila.co o dentro de la página web www.electrohuila.co sección “Electrohuila en Línea” y deberá acreditar el pago de las sumas que no son objeto de reclamación, como pre- requisito para el trámite de recurso de reposición.
El seguimiento al trámite se podrá realizar de manera presencial con el número de cuenta o código NIU.
Las personas naturales y/o jurídicas que pacten un contrato de arrendamiento en el cual está inmerso el pago del servicio de energía eléctrica por parte del arrendatario, pueden denunciar la existencia del contrato ante la Electrificadora del Huila SA. E.S.P. remitiendo los depósitos o garantías constituidas, con el fin de que el inmueble entregado a título de arrendamiento no quede afecto al pago del servicio de energía eléctrica.
El trámite se puede hacer en las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Las personas naturales y/o jurídicas que consideren que la factura del servicio de energía prestado contiene conceptos que no corresponden, puede acercarse a cualquiera de las oficinas dispuestas por la empresa para la atención del cliente y solicitar la revisión y ajustes pertinentes.
Tener en cuenta que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Las personas naturales y/o jurídicas pueden actualizar la información propia del cliente en la base de datos de la Electrificadora del Huila SA. E.S.P. cómo es: Dirección postal, nombre del cliente, número de identificación, dirección, estrato socioeconómico.
Tener en cuenta que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Es el trámite que se realiza cuando el cliente ha realizado el pago y éste no se evidencia en el sistema de Electrohuila S.A. E.S.P.
que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
La persona natural y/o jurídica que requiera cambiar o reponer el medidor para el servicio de energía eléctrica, puede adquirirlo en la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. debidamente certificado y sellado para su instalación con cargo a la cuenta del suscriptor y financiado hasta 36 meses de plazo.
En cualquier momento
Disponer una cuenta con la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P.
Pago Variable. Depende del tipo de medidor que requiera.
Plazo para dar respuesta: Quince (15) días hábiles luego de presentada la solicitud
El cliente puede hacer seguimiento a su recurso así:
Es la solicitud que realiza el cliente y usuario para que se retire definitivamente el servicio público domiciliario de determinado inmueble.
Podrá solicitarlo Propietario del inmueble o quien solicito el servicio público domiciliario.
Para solicitar terminación del contrato por orden del suscriptor debes contar con lo siguiente: *Nombre completo y número de documento de identidad del solicitante.
Extranjeros: Cédula de Extranjería o pasaporte o permiso de permanencia en Colombia o la cédula de su país. Si el propietario o el suscriptor (quien solicitó el servicio) fallecieron, un tercero puede presentar la solicitud de retiro adjuntando el certificado de defunción e informando el vínculo con el inmueble.
Propietario: Fotocopia del impuesto predial vigente (documento físico o lo puedes consultar y descargar en la página de impuesto predial de la Alcaldía, en caso de que el municipio cuente con esta opción) o consultar el Certificado de Libertad y tradición en la Ventanilla Única de Registro -V.U.R- si el cliente no presenta el documento físico (si lo presenta físico con fecha de expedición inferior a 90 días).
Quien solicitó el servicio: última factura
Cuando el retiro del servicio sea por orden de autoridad competente, solo es necesario la comunicación de la entidad oficial con la solicitud (entidades: municipio o quién haga sus veces, inspecciones de policía)
Excepcionalmente se podrán recibir los siguientes documentos para acreditar propiedad del inmueble: Promesa de Compraventa, Documento de Posesión del Inmueble, Sentencia judicial de Adjudicación del predio, Resolución administrativa de adjudicación del predio, Escritura Pública, Índice de Propiedad, documento expedido por la inspección de policía donde conste la vivencia y Posesión del inmueble. Cuando el solicitante habite en un resguardo indígena, certificación de ocupación del inmueble firmado por el Gobernador Indígena.
Si la persona que realiza la solicitud actúa en representación de un tercero, deberá presentar, adicional a los documentos anteriores, el poder debidamente otorgado o la autorización que lo faculte para actuar en su nombre, la cual no requiere autenticación.
Los canales que podrá realizar la solicitud se tienen a disposición radicación@electrohuila.co, de manera presencial en nuestras sedes de Nieva, Pitalito, Garzón y la Plata, contando con la información requerida para el trámite durante la atención.
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ElectroHuila S.A. E.S.P. se permite informar a los clientes, proveedores, comerciantes, técnicos e ingenieros electricistas e interesados, que a partir del 20 de Junio de 2024, no se recibirán medidores de energía eléctrica con registrador ciclométrico.